"El proyecto tiene una definición muy importante que es que se considera a la lengua de señas como un sistema de comunicación viso-gestual y que por intermedio de esta ley se le da el estatus de lengua oficial", explicó. El proyecto "habilitaría la posibilidad de que una persona sorda que se comunica por lengua de señas y quiera hacerlo por este medio, pueda tener un intérprete en la medida para trámites, para testar, para cuestiones jurídicas, para todo lo que tiene que ver con la administración pública". "Esto no quiere decir que se obligue a las personas sordas que no quieren comunicarse por lengua de señas", aclaró el diputado. "Estamos hablando de políticas lingüísticas, estamos hablando de terminar con situaciones de dominio en cuestiones lingüísticas en relación con lenguas de minoría -remarcó-. Es lo mismo que sucede con las lenguas de los pueblos originarios y está tomado básicamente con la misma consideración”. Y también remarcó que las personas sordas “van a poder tener una inserción en la sociedad”. Fuente: http://www.telam.com.ar/vernota.php?tipo=N&idPub=168798&id=326877&dis=1&sec=2martes, 24 de noviembre de 2009
"La ley de Hipoacúsicos favorece la inserción social"
"El proyecto tiene una definición muy importante que es que se considera a la lengua de señas como un sistema de comunicación viso-gestual y que por intermedio de esta ley se le da el estatus de lengua oficial", explicó. El proyecto "habilitaría la posibilidad de que una persona sorda que se comunica por lengua de señas y quiera hacerlo por este medio, pueda tener un intérprete en la medida para trámites, para testar, para cuestiones jurídicas, para todo lo que tiene que ver con la administración pública". "Esto no quiere decir que se obligue a las personas sordas que no quieren comunicarse por lengua de señas", aclaró el diputado. "Estamos hablando de políticas lingüísticas, estamos hablando de terminar con situaciones de dominio en cuestiones lingüísticas en relación con lenguas de minoría -remarcó-. Es lo mismo que sucede con las lenguas de los pueblos originarios y está tomado básicamente con la misma consideración”. Y también remarcó que las personas sordas “van a poder tener una inserción en la sociedad”. Fuente: http://www.telam.com.ar/vernota.php?tipo=N&idPub=168798&id=326877&dis=1&sec=2lunes, 13 de julio de 2009
Vacuna experimental: multan por un millón de pesos a responsables de un ensayo con niños
Es la mayor sanción aplicada en el país. Cuestiona la información dada a los padres sobre los riesgos de estos experimentos. Y reclama a los laboratorios que traten con especial respeto a los pobres.
Es la multa más alta que se haya fijado en la historia de los ensayos clínicos en la Argentina. Y sienta un precedente que las poderosas compañías farmacéuticas internacionales deberán tener en cuenta cuando decidan captar a pacientes pobres del país para probar sus medicinas. Un millón de pesos es la multa que acaba de imponerle el Gobierno a los responsables del estudio Compas, que prueba una vacuna contra el neumococo en casi 14.000 niños de Santiago del Estero, Mendoza y San Juan.Los motivos son la mala calidad de la información que se les dio a los padres sobre el alcance y los riesgos del experimento, el incumplimiento de los criterios de selección de pacientes con antecedentes de enfermedades, la falta de documentación de padres que aceptaron la participación de sus hijos, la debilidad de los controles internos y desvíos en materia de Buenas Prácticas en Investigación Clínica.Lo afirma la disposición 3255 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) a la que Clarín accedió, en exclusiva, mediante un pedido de Acceso a la Información
La sanción, que puede ser apelada, se divide en tres partes:
El laboratorio GlaxoSmithKline, patrocinante del estudio, debería pagar 400 mil pesos por "incumplir sus deberes de monitoreo".
El investigador responsable y coordinador en la Argentina, Miguel Tregnaghi, debería pagar 300 mil pesos porque "omitió implementar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las buenas prácticas en el desarrollo del ensayo clínico".
Y el investigador principal en Santiago del Estero, Enrique Smith, debería pagar 300 mil pesos por "no haber llevado a cabo debidamente el proceso de consentimiento informado y los procesos de inclusión y de exclusión de pacientes". En total, un millón de pesos, cifra que el Estado reserva para los casos que considera "graves", explicaron voceros oficiales.
El caso de los ensayos fue descubierto por Clarín a fines de 2007, luego de entrevistar a padres de niños reclutados en Santiago del Estero. Salió a la luz que varios eran analfabetos y no comprendían los términos científicos contenidos en las 13 páginas del consentimiento informado, que es el formulario donde se acepta la inclusión de los niños. Tampoco se enteraban cabalmente de los peligros potenciales que encerraba el estudio, según los testimonios recogidos entonces. Por incorporar, monitorear y seguir durante 3 años la evolución de los niños, se pagan 350 dólares por cada caso a los médicos que llevan el estudio.
Ahora, en un hecho inédito a nivel mundial, sociólogos y antropólogos se sumaron a la evaluación técnica que hicieron los inspectores de la ANMAT. En el terreno, estos profesionales del campo humanista constataron que "en por lo menos tres de las madres de los sujetos participantes, se denota una comprensión poco clara de los objetivos y condiciones de su participación en el estudio". No sabían lo que habían firmado.El laboratorio había asegurado que "el 98 por ciento de los padres o tutores cuenta con algún grado de educación, de los cuales el 70 por ciento posee educación secundaria o terciaria". Pero la Dirección de Evaluación de Medicamentos de la ANMAT puso en duda esa información, al señalar que la compañía nunca presentó pruebas para hacerla creíble.
"No se pudo constatar durante las inspecciones la presencia de dos testigos para la toma del consentimiento informado en el caso de pacientes iletrados, como así tampoco la evaluación del grado de escolaridad de los otorgantes a los fines de discriminar quiénes debieron ser acompañados por dos testigos", indica la sanción, que tiene 25 páginas y es el resultado de un sumario abierto en diciembre pasado y cerrado el último viernes de junio. La medida marca un antes y un después en las estrategias de control que el Estado argentino venía aplicando sobre los ensayos clínicos realizados en el país. Concretamente, para prevenir trampas y engaños, enfatiza que laboratorios y profesionales deben investigar en un clima de "respeto, consideración y sensibilidad" hacia los participantes, sobre todo si viven en comunidades pobres. En Santiago del Estero y La Banda, el 26 por ciento de los hogares está por debajo de la línea de pobreza, según las últimas mediciones.
Aquí, los párrafos salientes de este nuevo enfoque:
La población sobre la cual se desarrolló el estudio estaba constituida por menores de edad provenientes de familias de bajos recursos, con bajos niveles de instrucción, es decir que poseían un escaso nivel de comprensión en relación a lo que significa ser parte de un ensayo clínico"
"Las personas con tales características son consideradas como sujetos vulnerables, según la Conferencia Internacional de Armonización y demás documentos internacionales; por consiguiente, tanto los investigadores como el patrocinante deberían haber extremado los recaudos a fin de garantizar el bienestar de los pacientes enrolados y asegurar una debida explicación del protocolo, lo que puede influir en la decisión de los familiares de los pacientes".
"El problema central que presenta la participación de personas vulnerables como sujetos de investigación consiste en que puede implicar una distribución desigual de cargas y beneficios, siendo individuos convencionalmente considerados vulnerables aquéllos con capacidad o libertad disminuida para consentir o abstenerse de consentir"
"En el caso de los pacientes iletrados, se omitió dar cumplimiento a la obligación de contar con la presencia de dos testigos para la toma del consentimiento informado, cuya importancia consiste en atestiguar que al paciente se le ofreció tiempo suficiente para decidir la participación en el estudio, que todas las preguntas que formuló fueron respondidas por el investigador y entendidas por el sujeto y que no se lo coaccionó para participar del ensayo".
"En este tipo de estudios, en los que se recluta a niños para establecer la seguridad y eficacia de una vacuna, debe atenderse a las necesidades de salud y cuestiones éticas y jurídicas pertinentes a su situación; la selección y el reclutamiento de las comunidades y personas participantes de un ensayo clínico deben ser justos".La disposición de la ANMAT citó a la Corte Suprema de Justicia, que destacó "el indelegable control que debe ejercer el Estado" en la vigilancia de la experimentación y comercialización de productos medicinales, "no sólo por razones científicas, sino también por el imperativo ético de no permitir la utilización del hombre como un simple medio para otros fines". En ningún momento la sanción cuestiona la calidad de la vacuna, que ya está en su tercera fase de experimentación y avanza hacia su aprobación, sino las estrategias que se aplicaron para conseguir niños e informar a los padres con la verdad.
Fuente: http://www.clarin.com/diario/2009/07/12/um/m-01957036.htm
jueves, 25 de junio de 2009
Trece años después, arranca un juicio por los "ñoquis" del ex Concejo Deliberante
Dos ex concejales porteños y un ex empleado administrativo afrontarán a partir del 11 de agosto próximo un juicio oral por una de las tres causas que siguen en pie a raíz de los "ñoquis" del Concejo Deliberante, un escándalo que saltó a la luz hace más de una década.
Los imputados son los ex concejales radicales Eliseo Roselló y Osvaldo Cliente, y el ex empleado administrativo Damián Faggiano. Los tres están acusados de haber certificado como auténticos los servicios de personas que figuraban como empleados aunque no lo eran.
De esa manera, se habría financiado la actividad de todos los partidos políticos con representación parlamentaria en la Capital Federal.
El juicio, por el que desfilarán unos 30 testigos, estará a cargo del Tribunal Oral Nº 16, integrado por los jueces María Cristina Bertola, Gustavo Roffrano y Hugo Cataldi. El fiscal será Eduardo Marina.
La causa por los ñoquis del ex Concejo Deliberante se inició en 1996 por una denuncia del fallecido abogado Juan Carlos Iglesias. Mediante la investigación de los fiscales Mónica Cuñarro, Marcelo Roma, Augusto Troncoso y Horacio Amelotti, quedó al descubierto un supuesto sistema que utilizaba a inválidos, indigentes y presos. Por eso, los tres imputados podrían ser condenados a penas de hasta seis años de cárcel.
El juicio es por una de las tres causas vinculadas. Las otras dos, que también deberá llevar adelante el mismo tribunal, involucran a unos 30 imputados y a ex colaboradores de Fernando De la Rúa.
Fuente: http://www.clarin.com/diario/2009/06/24/um/m-01945514.htm
martes, 16 de junio de 2009
Tras 54 años, el Estado da a conocer datos sobre el bombardeo a la Plaza de Mayo
El secretario de Derechos Humanos de la Nación, Eduardo Luis Duhalde, informará hoy en una conferencia de prensa que se desarrollará, a partir de las 18, en el Salón Emilio F. Mignone, los resultados de la investigación, llevada adelante por un organismo del Estado, sobre el bombardeo a Plaza de Mayo, ocurrido el 16 de junio de 1955.Por primera vez en cincuenta y cuatro años se darán a conocer las conclusiones de la investigación llevada adelante por el Equipo Especial de Investigaciones del Archivo Nacional de la Memoria, que depende de esa Secretaría, sobre el levantamiento cívico-militar que bombardeó la Ciudad de Buenos Aires, especialmente la Plaza de Mayo el 16 de junio de 1955.
Tras dos años de intenso trabajo se darán a conocer las conclusiones y el número de fallecidos y sus identidades, informó la Secretaría de Derechos Humanos en un comunicado.
Estarán presentes, consigna el comunicado, familiares de las víctimas de aquel criminal suceso, quienes en horas del mediodía colocarán una ofrenda floral en el monumento que recuerda a las víctimas del bombardeo en la Plaza Colón (explanada posterior de la Casa de Gobierno).
Fuente: http://www.telam.com.ar/vernota.php?tipo=N&idPub=150076&id=297560&dis=1&sec=2
miércoles, 3 de junio de 2009
Cuarenta y dos reencuentros
La identificación de 42 desaparecidos fue anunciada ayer por miembros del EAAF y el secretario de Derechos Humanos de la Nación, Eduardo Luis Duhalde. Se trata de los primeros resultados de la campaña “Iniciativa Latinoamericana para la Identificación de De-saparecidos” (ILID) que comenzó el 5 de octubre de 2007, cuando el EAAF firmó un convenio con la Secretaría de Derechos Humanos y el Ministerio de Salud para que se tomaran en hospitales y centros de salud de todo el país muestras de sangre de familiares de desaparecidos. En más de veinte años, el EAAF había juntado 2700 muestras y a partir de la ILID se sumaron otras tres mil.
El objetivo consistía en comparar ese material genético con los cuerpos enterrados como NN que el EAAF había rescatado de distintos cementerios durante los últimos 25 años. 150 pertenecían a exhumaciones mal hechas durante los primeros años de la democracia: restos que habían quedado mezclados por años en bolsas en la asesoría pericial de la Suprema Corte bonaerense. También había cuerpos que aparecieron en Colonia o en la costa argentina, algunos de los muertos en el ataque al cuartel de Monte Chingolo, en diciembre de 1975, que estaban enterrados en el cementerio de Avellaneda y esqueletos rescatados de una fosa común en ese mismo sitio.
La diferencia de la campaña ILID con el trabajo que hasta el momento estaba haciendo el Equipo de Antropología es que implicó un cruce masivo de información –similar a los que hace el Banco Nacional de Datos Genéticos con familiares de niños secuestrados durante la dictadura o nacidos en cautiverio– y no una labor artesanal de ubicar una posible identidad a través de datos históricos de la represión ilegal y la militancia. Así, cada cuerpo recuperado no será sólo la confirmación de una hipótesis acerca de lo que pasó con una persona durante la dictadura, sino que podrá ser también un punto de partida para una nueva investigación.
Según explicó ayer Patricia Bernardi, del EAAF, los 42 esqueletos identificados “fueron asociados de manera ine-quívoca con el perfil genético de una familia específica. A estos resultados se les incorporó la información antropológica, odontológica y arqueológica. Y todas esas familias fueron notificadas”.
De esos 42 casos, uno corresponde al Juzgado Federal de Santa Fe, dos a la Cámara Federal de La Plata y 39 a la Cámara Federal de Capital Federal. “La proporción encuentra explicación en el hecho de que con este último tribunal, tributario de los archivos de la Causa 13, se viene desarrollando una tarea de investigación histórica conjunta que lleva más de once años en el contexto del derecho a la verdad que asiste a los familiares y bajo la dirección del juez Horacio Cattani”, aclaró Bernardi. Los nombres de las personas identificadas no fueron informados porque se espera que los respectivos juzgados terminen con los trámites que permitan entregar los cuerpos a sus familiares.
“Estamos empeñados en desarrollar un segundo año de esta Iniciativa durante el cual se continuarán analizando y comparando nuevas muestras de hueso y de familiares”, señaló Bernardi en un llamado a los familiares que todavía no aportaron su sangre para comparar con los más de 500 restos que todavía permanecen como NN.
“Quiero destacar el trabajo científico y riguroso que hace el EAAF desde hace dos décadas. No solamente permite el reencuentro de los familiares con sus seres queridos sino que también da certeza judicial a lo que los organismos de derechos humanos sostienen desde hace años”, aseguró Duhalde e hizo referencia a los casos de las fundadoras de las Madres de Plaza de Mayo y la monjas francesas Alice Domon y Léonie Duquet, con los cuales se pudo obtener la primera evidencia científica de la existencia de los vuelos de la muerte porque el análisis antropológico forense determinó que la causa de la mayoría de las fracturas que tenían en sus huesos largos eran compatibles con “las que son habituales observar como producto de una caída de un cuerpo desde cierta altura y su impacto contra un elemento sólido”. Uno de los 42 cuerpos que fueron identificados ahora también fue víctima de uno de esos vuelos.
Junto a Duhalde estaban la secretaria de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, Sara Derotier de Cobacho, Ignacio Vélez, subsecretario de Políticas, Regulación y Fiscalización del Ministerio de la Nación, Estela Carlotto, de Abuelas de Plaza de Mayo, y Cecilia Ayerdi y Maco Somigliana, además de Bernardi, del EAAF.
La ILID, que también se está llevando a cabo en Guatemala y Perú, recibió apoyo financiero del Congreso y del Departamento de Estado de Estados Unidos. Por eso también estaba el embajador saliente de ese país, Earl Anthony Wayne, quien felicitó al EAAF “por su impecable trabajo y su valiosa contribución a la búsqueda de la verdad”.
Las muestras de sangre y huesos se enviaron al laboratorio The Body Technology en Lorton, Estados Unidos, después de una licitación en la que participaron varios de los más reconocidos laboratorios a nivel internacional con experiencia en análisis forenses con fines identificatorios. El análisis se realizó con el monitoreo del equipo de Carlos Vullo, director de Lidmo, laboratorio con el que trabaja el EAAF en la Argentina desde 2003. Si bien la mayoría de las muestras de sangre fueron tomadas en el país, también se incluyó sangre de familiares de desaparecidos extraída en Chile, Bolivia, España, Inglaterra y Suecia.
“Para obtener información resulta indispensable contar con el mayor número posible de muestras de sangre de familiares de personas desaparecidas. Esperamos que esta información despeje las dudas de aquellos familiares que aún no han dado su muestra”, concluyó Bernardi.
Fuente: http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-126030-2009-06-03.html
miércoles, 13 de mayo de 2009
Impugnaron la candidatura de Patti
Familiares de víctimas de la última dictadura militar impugnaron ayer la candidatura del represor Luis Patti para los próximos comicios legislativos.La presentación la concretaron ayer la diputada nacional Victoria Donda, cuyos padres fueron asesinados en la última dictadura militar, y Manuel Goncalvez, hijo de Gastón Goncalvez, por cuyo secuestro y asesinato detenido Patti en el penal de Marcos Paz.
Manuel Goncalvez precisó que esta impugnación no deberían hacerla los civiles ya que "esto es algo que tendría que hacer la Justicia de oficio, porque si hay una persona procesada por delitos de lesa humanidad la Justicia tendría que poder avanzar y si la persona demuestra inocencia, asumirá el cargo que quiera en el momento oportuno".
"Hay gente que puede votarlo y que cree que la mano dura va a cambiar la realidad social del país, por eso intentamos dejar en claro desde el comienzo de quién estamos hablando", afirmó.
Por su parte, la diputada Victoria Donda, expresó que con su candidatura, Patti "lo único que quiere es el fuero para seguir eludiendo a la justicia".
"Exigimos a la justicia que no someta al pueblo a tener un asesino como diputado", remarcó y agregó que "al poder legislativo le reclamamos que apruebe la ley de inhabilitación que impide a represores ocupar cargos públicos". Las impugnaciones fueron presentadas ante a secretaría electoral nacional, a cargo del juez federal Manuel Blanco.
Fuente: http://www.telam.com.ar/vernota.php?tipo=N&idPub=145635&id=291552&dis=1&sec=2
martes, 28 de abril de 2009
Arrancó el primer juicio por la megacausa de Campo de Mayo
El ex
Ambos ex generales, así
En tanto que como "autores inmediatos" porque participaron del secuestro, se encuentran César Fragni y Raúl Harsich, y el principal Alberto Aneto, de la comisaría de
Se trata del primer juicio por crímenes de lesa humanidad cometidos en la guarnición militar de Campo de Mayo.
Decenas de militantes de organizaciones de derechos humanos se concentraron frente a los tribunales de San Martín para exigir castigo para los represores.
El "Negrito" Avellaneda y su mamá fueron secuestrados el 15 de abril de 1976 por un grupo de tareas del Ejército que los llevó desde su casa, en la localidad bonaerense de Munro, a la comisaría de Villa Martelli, donde fueron torturados para que revelaran el paradero de su
Fuente: http://www.clarin.com/diario/2009/04/27/um/m-01906996.htm
martes, 7 de abril de 2009
Massera será enjuiciado en Italia
Un tribunal de Roma decidió hoy enviar a juicio al ex dictador Emilio Massera por la muerte de tres ciudadanos italianos durante la dictadura en Argentina (1976-1983), informaron fuentes judiciales.El juicio al ex dictador comenzará el próximo 30 de septiembre en Roma, después de que el tribunal encontrara indicios de una "corresponsabilidad más que fundada" de Massera en la muerte de los italianos, explicaron las fuentes.
Esta decisión llega después de que el pasado 4 de marzo el juez del Tribunal de Roma Marco Mancinetti recibiera la pericia médica que certificaba que Massera, de 83 años, está en "plenas facultades" para afrontar un proceso por la muerte de los italianos Angela Aietta Gullo, Giovanni Pegorato y su hija Susana.
Esa pericia afirma que Massera "debe ser considerado una persona con plenas facultades para ser juzgado, a pesar de los intentos de manipulación más o menos conscientes, con exagerados síntomas psíquicos ficticios".
En 2005 el sumario sobre Massera había quedado suspendido y separado del proceso principal por la muerte y desaparición de los italianos, luego de que un informe pericial médico indicara, en ese entonces, que el ex dictador padecía demencia.
Según explicó hoy a Efe Jorge Iturburu, apoderado de los querellantes en la causa, la audiencia celebrada hoy en Roma consistió en un acto de acusación y defensa, tras el que se decidió enviar a juicio al ex dictador.
Anteriormente habían sido condenados en rebeldía a cadena perpetua los ex oficiales argentinos Jorge Eduardo Acosta, Alfredo Ignacio Astiz, Jorge Raúl Vildoza y Antonio Vañek por la muerte de Angela Aietta Gullo, Giovanni Pegorato y su hija Susana, además del secuestro de la hija de ésta, nacida en prisión.
Fuente: http://www.clarin.com/diario/2009/04/06/um/m-01892374.htm
viernes, 27 de marzo de 2009
Avanza el número telefónico propio
Deberán permitir a los usuarios de celulares conservar su número si cambian de empresa
La Justicia dispuso que el Estado reglamente la portabilidad numérica de telefonía celular en un plazo de 90 días, a partir de una acción colectiva promovida por la Unión de Usuarios y Consumidores. Esto permitirá a los usuarios de telefonía celular conservar su número si deciden cambiar de compañía.
"Es inadmisible no poder disponer del número, somos usuarios cautivos. El grueso de los países ya adoptó la portabilidad numérica y los usuarios pueden cambiar de compañía y planes según su conveniencia", dijo Horacio Bersten, apoderado de la Unión de Usuarios y Consumidores.
El amparo fue presentado en septiembre de 2008 por esa asociación, que ayer fue notificada de la sentencia que dictó el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 6, el 18 del actual.
El decreto 764 del año 2000 dispuso la portabilidad numérica de telefonía celular, pero, a casi nueve años, no fue reglamentado. El 22 de enero último, la Secretaría de Comunicaciones dispuso la creación de una comisión para confeccionar el anteproyecto para la portabilidad numérica, pero desde entonces no se conocieron nuevos avances en el tema.
Para Bersten, es de esperar que el Estado, a través de la Secretaría de Comunicaciones (autoridad de aplicación del decreto), apele a la medida.
El analista Enrique Carrier explicó que la resolución va a permitir que las empresas retengan a sus clientes por dos factores: servicios y costos. "Se va a intensificar la competencia porque no va a haber barreras para salir de las compañías", dijo.
Carrier opinó que esta disposición de la Justicia cobra más trascendencia en la actualidad porque el teléfono celular es parte importante de la vida cotidiana de la gente y porque el mercado está saturado.
LA NACION se comunicó con las compañías de telefonía celular que operan en el mercado, pero éstas no estaban al tanto del fallo y coincidieron en no emitir una opinión sobre sus consecuencias. Las compañías no son partes actoras de la causa que presentó la Unión de Usuarios y Consumidores contra el Estado.
El amparo sostiene que la demora en la reglamentación genera un mercado monopólico y afecta a la sociedad en su conjunto en su derecho a elegir, a recibir un servicio de calidad y en la protección de sus intereses económicos.
La presidenta de Consumidores Argentinos, Beatriz García Buitrago, sostuvo: "Esta es una buena noticia para los consumidores, es algo que siempre se pidió". Y explicó que mucha gente, para la que es importante mantener el número por razones personales o profesionales, se queda en las compañías aunque el servicio no sea satisfactorio. "Luego de que se reglamente el decreto los usuarios van a tener más posibilidad de elegir y se va a dar la real competencia", agregó.}
Fuente: http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1112537
miércoles, 25 de marzo de 2009
Confirman la pena a Etchecolatz
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la sentencia que condenó a reclusión perpetua al ex director de Investigaciones de la policía bonaerense Miguel Etchecolatz, en un fallo considerado histórico porque ratifica que las violaciones de los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar son parte de un genocidio.
La resolución además confirmó que Etchecolatz debe cumplir la pena en una cárcel común, como lo está haciendo actualmente en un pabellón de máxima seguridad del penal de Marcos Paz.
En rigor, la Corte resolvió el 17 de febrero último rechazar un recurso extraordinario presentado por la defensa del ex policía, con lo que confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal N° 1 de La Plata, integrado por los jueces Carlos Rozanski, Norberto Lorenzo y Horacio Insaurralde.
La Corte rechazó el recurso en un fallo de siete líneas, que remite a los antecedentes de las condenas recibidas por Enrique Lautaro Arancibia Clavel, un ex espía sentenciado por el asesinato del general chileno Carlos Prats y por el represor Julio Simón, alias "el turco Julián". En esos fallos, la Corte declaró la nulidad de las leyes de obediencia debida y punto final y entendió que las violaciones de los derechos humanos cometidas por el poder estatal son delitos imprescriptibles.
El juez Carlos Rozanski interpretó que "la sentencia significa un cambio de paradigma, una bisagra" porque -dijo- "es la primera vez en el mundo que queda firme una sentencia dictada por un Tribunal del país donde se cometió el genocidio. La figura de genocida no había sido mencionada en ningún país del mundo por un tribunal del Estado donde se cometió ese genocidio", señaló.
Etchecolatz fue condenado el 19 de septiembre de 2006 por "delitos de lesa humanidad cometidos en el marco de un genocidio". En este juicio declaró Julio López, quien actualmente está desaparecido.
Fuente: http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1111787
jueves, 12 de marzo de 2009
Freno legal para la violencia machista
La norma, aprobada por amplia mayoría, tiene alcance nacional. Contempla no sólo la violencia doméstica, sino la producida en el trabajo, los partidos políticos, en los servicios de obstetricia y de salud reproductiva y en los medios de comunicación.
La Cámara de Diputados aprobó ayer, por amplísima mayoría, una ley integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en todos los ámbitos de sus relaciones interpersonales, es decir, no sólo en su hogar, sino más allá de sus límites. La norma define los lineamientos generales de un plan de acción que involucra a los tres poderes del Estado y que deberá aplicarse en todo el país, en cada provincia y en cada municipio. Además, prevé que se asignen partidas presupuestarias para su cumplimiento. “Es un paso adelante muy importante, era un asignatura pendiente de la Argentina”, dijo a Página/12 la abogada Susana Chiarotti, integrante del Comité de Expertas de Seguimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Eliminar la Violencia contra las Mujeres, conocida como Convención de Belem do Pará. “Es una ley que necesitábamos las mujeres hace años”, enfatizó Mabel Bianco, directora de la Fundación para Estudios e Investigación de la Mujer (FEIM). Rafael Barca, director ejecutivo de Amnistía Internacional en Argentina, también celebró la sanción.
La ley tiene 45 artículos. A fines de noviembre obtuvo media sanción del Senado por unanimidad: el texto fue el resultado del consenso entre once iniciativas de distintos bloques. Recoge recomendaciones de convenciones internacionales y de expertas consultadas en el país. La senadora mendocina Marita Perceval, del Frente para la Victoria, fue una de sus principales impulsoras. “No tenemos una política integral en el Ejecutivo. Las acciones que hay están desarticuladas. Las mujeres son desalentadas a denunciar en las comisarías. Esta ley no es sancionatoria, no crea nuevos tipos penales, sino que define los principios y derechos exigibles para el desarrollo de políticas públicas para combatir y erradicar la violencia contra las mujeres en todos los ámbitos”, explicó Perceval a este diario.
La Cámara de Diputados la aprobó por 173 votos afirmativos y seis abstenciones. Todos los bloques apoyaron la sanción. Ningún legislador votó en contra.
La flamante ley define la violencia contra las mujeres como “toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, así como también su seguridad personal”. Y aclara que alcanza a aquellas conductas o acciones “perpetradas desde el Estado o por sus agentes”.
Hasta ahora la legislación vigente contemplaba la violencia intrafamiliar, es decir, la cometida en el ámbito del hogar y salvo en algunas legislaciones provinciales, se limitaba a aquella ejercida por el marido contra la esposa o los hijos. La nueva norma va más allá: contempla la violencia de género en sus diversas formas (física, sexual, simbólica, económica y patrimonial y psicológica). Y no sólo cuando ocurre en el ámbito doméstico: también en los organismos públicos, los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil, y también en los servicios de obstetricia, a través de un trato deshumanizado o por un abuso de medicalización en el marco de un parto, por ejemplo.
También abarca la violencia mediática. La define como la difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promuevan la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres. La ley incluye, además, la violencia que atente contra la libertad reproductiva, que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos.
Las leyes de violencia familiar no dejan de tener vigencia con la nueva normativa. Pero se amplía la definición al contemplar también los casos en que es ejercida por un concubino o el novio de la víctima. Pueden ser también ex parejas y no exige como requisito la convivencia.
Entre otros aspectos novedosos, crea un Observatorio de la Violencia contra las Mujeres, destinado al monitoreo, recolección, registro y sistematización de los casos. La falta de datos certeros sobre el alcance de esta problemática es uno de los puntos que cuestionó al país en 2008 el Informe Hemisférico del Comité de Expertas que evalúan el cumplimiento de la Convención de Belem do Pará. Otra de las funciones del Observatorio será evaluar y controlar el cumplimiento de la propia ley. Deberá estar integrado por representantes de ONG. “Es un gran avance permitir que las organizaciones de la sociedad civil tengamos la posibilidad de participar en el seguimiento de cómo se está implementando”, destacó Mabel Bianco, de FEIM.
Para evitar que las denuncias de mujeres golpeadas sean cajoneadas en las comisarías, como ocurre muchas veces, la ley establece la obligación de que sean remitidas dentro de las 24 horas a la autoridad judicial que corresponda. Las denuncias se podrán hacer además en cualquier fuero y el magistrado deberá derivar la causa al que corresponda. De todas formas, aun en caso de incompetencia, el juez interviniente “podrá disponer las medidas preventivas que estime pertinente”.
El magistrado podrá elegir entre una o varias medidas, ente otras:
- Ordenar la prohibición de acercamiento del presunto agresor a la mujer que padece violencia y sus familiares.
- Disponer el cese de los actos de perturbación o intimidación.
- Ordenar la restitución inmediata de los efectos personales a la parte peticionante, si ésta se ha visto privada de los mismos.
- Prohibir al presunto agresor la compra y tenencia de armas y ordenar el secuestro de las que estuvieren en su posesión.
- Otorgar el uso exclusivo a la mujer que padece violencia, por el período que estime conveniente, del mobiliario de la casa.
Si el agresor incumple, el juez tendrá la potestad de comunicar en su lugar de trabajo que se trata de una persona violenta e, incluso, obligarlo a asistir a programas “reflexivos, educativos o terapéuticos”.
La ley también prevé la figura de la “asistente protectora”, que en la práctica es la de un acompañante que ayuda a la mujer en la presentación judicial y en el reclamo de ayuda. Otro punto determina que no se podrán adoptar mecanismos de mediación y conciliación, no recomendados en relaciones signadas por la violencia de género. Además, prevé que las mujeres puedan reclamar a través de un juicio civil un resarcimiento económico por el daño sufrido como consecuencia de la violencia.
La ley ordena acciones a distintos ministerios del PE nacional. Al de Desarrollo Social, realizar convenios con bancos para facilitar líneas crediticias a las mujeres víctimas de violencia. Al de Educación, incluir en los planes de formación docente la detección precoz de ese tipo de cuadros y la eliminación de los libros de texto de los estereotipos de género. A Salud, la redacción de protocolos de atención. A Trabajo, promover a través de programas específicos la prevención del acoso sexual en el ámbito de empresas y sindicatos. A la Secretaría de Medios le encarga impulsar la difusión de mensajes y campañas para prevenir la violencia contra las mujeres.
También exige que haya protocolos específicos para la recepción de denuncias en las fuerzas de seguridad, para evitar la “revictimización”. Al Poder Judicial, la ley le pide que se encargue de facilitar el acceso de las mujeres a los tribunales. A las administraciones municipales y provinciales les pide que ofrezcan grupos de autoayuda, patrocinio jurídico gratuito y asistencia psicológica, además de refugios transitorios para que puedan vivir las víctimas en caso de urgencia. También se tienen que crear programas de “reeducación” para hombres maltratadores.
La diputada kirchnerista Juliana Di Tulio, presidenta de la Comisión de Familia y Mujer, defendió la iniciativa. “Es muy importante que disponga que deben asignarse partidas presupuestarias para su implementación”, señaló a este diario. La diputada socialista Silvia Augsburger destacó que “esta ley reconoce por primera vez en nuestra normativa el hecho de que se ejerce violencia contra las mujeres por el solo hecho de ser mujeres. Vivimos en una sociedad donde el hecho de nacer mujer congela las oportunidades de igualdad de trato en relación con los varones”. “Es un avance en la lucha contra la violencia hacia las mujeres”, añadió la diputada Cecilia Marchán, referente del Movimiento Libres del Sur.
Fuente: http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-121381-2009-03-12.html
Pidieron la anulación del fallo en el que absolvieron al presunto violador de una discapacitada
El fiscal de San Isidro Diego Molina Pico pidió hoy que sea anulado el fallo que absolvió al presunto violador de una discapacitada porque el informe que acreditaba que la víctima había sido abusada no figuraba la firma del profesional, y que derivó en el pedido de juicio político de la fiscal de Tigre María del Carmen Gigante.En su recurso ante la Cámara de Casación, al que tuvo acceso Télam, Molina Pico pidió que se anule "por arbitrariedad" el juicio y se realice "un nuevo debate y/o en forma subsidiaria, se condene" al imputado Francisco Javier Centurión (45) por "abuso sexual con acceso carnal o abuso sexual simple".
El fiscal de juicio sostiene que los miembros del Tribunal Oral Criminal (TOC) 7 de San Isidro que absolvieron a Centurión incurrieron en "mala aplicación de la ley" y "absurdo valorativo de la prueba rendida".
"La prueba indiciaria era suficiente como para llegar a una sentencia condenatoria como fuera solicitada en el debate y no a la conclusión a la que llegó el Tribunal", señala Molina Pico.
El fiscal cuestionó en el recurso a los jueces Eduardo Lavenia, Eduardo Coelho y Mónica Tisato por no haberle dado crédito a los dichos de la propia víctima cuando dijo que había sido violada, y en ese sentido recordó que a pesar de sus problemas madurativos, las pericias psquiátricas determinaron que la chica no fabulaba.
Centurión había llegado a juicio acusado de haber abusado entre mayo y junio de 2007 a una vecina de 20 años, pero con edad madurativa de 11, en la localidad de El Talar de Pacheco, pero el 3 de marzo pasado fue absuelto por el beneficio de la duda por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 7 de San Isidro.
El fallo absolutorio generó un escándalo con la fiscal Gigante, quien instruyó la causa, ya que los jueces la criticaron con dureza entre otros motivos porque no pudieron probar científicamente que la víctima había tenido relaciones sexuales porque el informe que lo acreditaba no tenía el sello y la firma del médico interviniente.
Sobre este punto, Molina Pico sostuvo que el informe médico "no era relevante", ya que "el sólo hecho de saber que la víctima presentaba al momento de llevarse a cabo el reconocimiento médico desfloración de larga data no aporta nada respecto del hecho y menos aún de su autoría".
Es que el polémico informe de la foja 8 sin la firma del médico porque provenía de una transmisión de fax que no llegó completa, decía que al momento de la revisación, la víctima no presentaba lesiones de violación, sino que sólo tenía una "desfloración de larga data".
Molina Pico también salió en defensa de su cuestionada colega Gigante cuando los jueces criticaron en el fallo que no secuestró un papel con sangre que la madre de la víctima encontró en el baño y que no incorporó los resultados de los hisopados vaginales practicados a la víctima.
Sobre el secuestro del papel, Molina Pico sostuvo que la madre de la víctima "contó ese hecho por primera vez en la audiencia de debate oral. ¿Cómo se puede enrostrar a quien realizó la instrucción el hecho de no haber secuestrado un papel con sangre cuando nadie supo de su existencia hasta el día de juicio?".
Respecto a los hisopados, explicó que "nunca estuvimos frente a una mujer que había sido recientemente accedida carnalmente" sino que la víctima "fue revisada por el médico de policía días después de haber sido sometida sexualmente".
"Esos hisopados nada aportan porque de ellos no se puede obtener información útil para este caso, porque, como se dijo, había pasado mucho tiempo entre los hechos y la revisación medica y, además, la víctima se había bañado en reiteradas oportunidades", explicó.
Ahora la apelación del fiscal Molina Pico será analizada por la Cámara de Casación bonaerense que tendrá que rever el juicio y determinar si confirma la absolución o, como pide el fiscal, se realiza un nuevo juicio oral o se lo condena a Centurión por abuso sexual.
Fuente: http://www.telam.com.ar/vernota.php?tipo=N&idPub=138276&id=280697&dis=1&sec=4
Prisión perpetua y cárcel común para cinco represores
Finalmente se dictó el veredicto en el primer juicio que se desarrolla en Cuyo por la muerte de Graciela Fiochetti y la desaparición de otros dos estudiantes universitarios ocurridos en 1976 en San Luis. Los militares acusados son Carlos Esteban Pla (jefe de la Policía en los '70 y el ex coronel Miguel Angel Fernández Gez (83), por entonces comandante del Grupo de Artillería 141 y tres policías puntanos: el comisario David Becerra, ex jefe del Departamento Informaciones de la Policía; el Subcomisario Juan Carlos Pérez, subjefe de informaciones de la Policía y el cabo Luis Alberto Orozco.
La querella había pedido que se condenara a reclusión perpetua, inhabilitación de por vida, cárcel común efectiva, a los militares y policías imputados de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura militar y solicitó además que se abra compulsa para determinar si otras 46 personas, entre ellos un ex juez federal y un camarista federal mendocino, el Dr. Pereyra González, cometieron delitos durante ese período en la causa que se ventila en el primer juicio oral y público que se lleva adelante en Cuyo por estos crímenes.
Fueron condenados a prisión perpetua en cárcel común. Fernández Gez y Pla deberán cumplir su condena en la cárcel de Marcos Paz, los demás deberán ser encarcelados en el Penal de San Luis.
Este es un momento histórico, por primera vez en Cuyo, se empieza a manifestar la voz de la justicia.
La sentencia fue celebrada por el numeroso público que estaba esperando el fallo, tanto dentro como en las inmediaciones del tribunal y no se produjeron disturbios.
Los represores fueron condenados en la causa por el asesinato de Graciela Fiochetti, las desapariciones de Pedro Ledezma y Santana Alcáraz y los tormentos aplicados a Víctor Fernández durante la dictadura militar.
Fuentes: http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-121407-2009-03-12.html
http://mateysopaipillas.blogspot.com/2009/03/condena-los-represores-en-san-luis.html
miércoles, 11 de marzo de 2009
El Gobierno y la Corte acordaron reasignar recursos para acelerar los juicios
Hubo acuerdo, y en tiempo récord. Después de los cruces entre el Gobierno y la Corte Suprema por las demoras en los juicios por violaciones a los derechos humanos perpetradas durante la dictadura, el jefe de Gabinete, Sergio Massa, y el titular del máximo tribunal, Ricardo Lorenzetti, llegaron a un acuerdo para reasignar 36 millones de pesos del presupuesto judicial y crear unos 750 cargos con los que apuestan a reducir los tiempos de tramitación de los juicios.
El jefe de Gabinete visitó a Lorenzetti en su despacho de Tribunales. La reunión duró menos de una hora y, al terminar, ofrecieron una breve conferencia de prensa conjunta en la que anunciaron el acuerdo y pusieron especial énfasis en decir que no se trata de un aumento del presupuesto del Poder Judicial
Lo que se acordó, tal como pretendía la Corte, es que los fondos, que ya formaban parte del presupuesto judicial pero correspondían a partidas no ejecutadas, se destinen a la contratación de unos 750 empleados en todo el país. La reunión fue con el jefe de Gabinete porque éste es quien puede ordenar la reasignación de partidas: decidir que los fondos sean usados para un fin distinto al originalmente previsto.
En los últimos dos días, una fuente oficial había mencionado la cifra de 500 millones de pesos, casi idéntica al total de fondos que tiene "ahorrados" el Poder Judicial en partidas no ejecutadas, la misma que otra fuentes había dicho que la Corte podía usar si necesitaba más presupuesto. Hoy Lorenzetti y Massa dijeron desconocer de dónde había salido ese número.
Al término de la reunión, Lorenzetti destacó que los acuerdos buscan acelerar todo tipo de juicios y que, además del presupuesto, hace falta una ley del Congreso nacional para crear los 750 nuevos puestos. Además señaló que la aceleración de los procesos depende en un grado tal vez mayor de la informatización de la Justicia, a la que también se destinarán fondos reasignados y que, enfatizó, depende básicamente del Consejo de la Magistratura, en el que el oficialismo talla fuerte desde el cambio en su conformación que promovió el kirchnerismo hace tres años.
El encuentro siguió a los ásperos cruces que mantuvieron miembros de la Corte y el Gobierno. La polémica arrancó cuando la presidenta Cristina Fernández de Kirchner se quejó por las demoras en los juicios a los represores, ante lo que la jueza Carmen Argibay se quejó de la falta de personal y presupuesto.
Anoche, de todos modos, el ministro de Justicia, Aníbal Fernández, y la vicepresidenta de la Corte, Elena Highton, buscaron bajarle el tono a la disputa. Y ayer, junto con el anuncio del pedido de reunión a Massa, el máximo tribunal formalizó una invitación a los otros poderes del Estado para crear una comisión que analice cómo agilizar los juicios por los crímenes de la dictadura reabiertos tras la anulación de las leyes del perdón, en 2004.
Fuente: http://www.clarin.com/diario/2009/03/11/um/m-01874708.htm
jueves, 5 de marzo de 2009
Massera podría ser juzgado en Italia
Por el homicidio de tres italoargentinos
Elizabetta Piqué
Corresponsal en Italia
ROMA.- El próximo 26 de marzo será un día clave para el ex almirante Emilio Massera: un tribunal romano confirmó ayer que tiene "plenas facultades" para ser juzgado, de modo que decidirá ahora si lo procesa formalmente, en un nuevo juicio oral y público, por el homicidio de tres ciudadanos italoargentinos desaparecidos en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) durante la última dictadura.
Así lo adelantó ayer el juez Marco Mancinetti, que declaró cerrada la fase del procedimiento dedicada a evaluar las verdaderas condiciones de salud del imputado, acusado del homicidio agravado por torturas de Giovanni y Susanna Pegoraro y Angela María Aieta (madre del dirigente peronista Dante Gullo).
Por este mismo delito, en marzo de 2007 fueron condenados en ausencia a prisión perpetua -con sentencia definitiva- Jorge Eduardo Acosta, Alfredo Astiz, Jorge Raúl Vildoza y Antonio Vañek, ex miembros de la ESMA y coimputados en la misma causa.
En cuanto a Massera, de 83 años, su caso había sido separado y suspendido por su presunta imposibilidad de asistir al juicio.
Pero durante la audiencia de ayer, Mancinetti informó que la embajada italiana de Buenos Aires le hizo saber que "no existen medidas cautelares emitidas por la autoridad judicial argentina en contra del imputado". Sobre la base de esto y teniendo en cuenta que el perito Piero Rocchini había establecido que Massera tenía "plenas facultades para ser juzgado", el juez levantó la suspensión del juicio y declaró al imputado "libre y contumaz (en rebeldía)".
Según explicó a LA NACION el abogado Jorge Ithurburu, el juez pudo dar este paso después de verificar, gracias a una nota de la legación diplomática italiana en Buenos Aires, que no había ninguna medida restrictiva para la libertad de Massera, que por lo tanto nunca quiso venir a Italia para ser juzgado. Ithurburu recordó que la jueza María Servini de Cubría, en enero de 2005, había suspendido los juicios que se le seguían al ex dictador por secuestro de menores y otras causas, y ordenado un control trimestral de su estado psíquico y jurídico, "algo que nunca se realizó", según determinaron peritos italianos que viajaron a Buenos Aires en los últimos años para evaluar el estado de salud de Massera.
Son querellantes en el juicio el gobierno de Silvio Berlusconi, Dante Gullo, Ernesto Gullo, Carlos Gullo e Inocencia Pegoraro (viuda) y Emiliano Gullo, Carlos Gullo e Inocencia Pegoraro (madre).
Rocchini concluyó que Massera está "moderadamente" senil, pero simula un cuadro gravemente demencial.
Fuente: http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1105535
